Dirigida a la participación de proyectos colombianos en desarrollo, que hayan sido seleccionados por las entidades organizadoras de encuentros elegidos por el CNACC para el año 2017. No se aceptarán proyectos que participen como acreditados o cualquier denominación que no implique una selección del proyecto por parte de la organización del encuentro.
Encuentros que no sean atendidos presencialmente no serán sujetos del reembolso.
Para conocer la lista de encuentros aprobados para este año, por favor revise el enlace Lista de eventos de participación internacional.
La postulación para acceder a este estímulo debe hacerse a más tardar el día que inicia el encuentro únicamente a través del aplicativo en línea.
El monto máximo a otorgar es de cinco millones de pesos ($5’000.000) por proyecto, mediante el reembolso del 100% del valor de las facturas presentadas de los costos elegibles que se enuncian a continuación y que deben estar incluidos en el presupuesto:
No se requiere celebración de contrato regulador de estímulos. Sin embargo y, sin perjuicio de todos los controles pertinentes, la participación del proyecto en la convocatoria se entiende como una aceptación expresa de sus términos y condiciones, vinculantes para todos los efectos legales.
El beneficiario deberá presentar las acreditaciones necesarias para reembolso con cargo a este estímulo en un único informe dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha de terminación del encuentro. Este plazo no es prorrogable y en caso de no cumplirlo se pierde el estímulo.
Reembolso significa que las facturas y/o cuentas de cobro, éstas últimas cuando sean permitidas, ya han sido pagadas. Por lo tanto Proimágenes Colombia solicitará los soportes de los costos elegibles pagados previamente por los beneficiarios. Para conocer cómo se realiza la acreditación de gastos consulte el Instructivo de acreditación de gastos.
Productores cinematográficos colombianos: Personas naturales o personas jurídicas que sean empresas cinematográficas colombianas, de conformidad con la definición establecida en la presente convocatoria (revisar Glosario de términos).
En caso de coproducciones nacionales, quien participa es el productor colombiano que tenga el mayor porcentaje de la película.
Esta convocatoria entiende como Productor a la persona natural o jurídica que tiene la iniciativa, la coordinación y la responsabilidad de la producción de la obra cinematográfica. Es el responsable de los contratos con todas las personas y entidades que intervienen en la realización de la obra (Ley 23 de 1982) y es quien detenta los derechos patrimoniales de la obra.
Quiénes estén incursos en alguna de las restricciones generales establecidas en esta convocatoria y quienes no cumplan con las exigencias específicas para participar.
Para conocer las reglas de la Convocatoria, por favor revise el enlace Reglas de la Convocatoria.
REQUISITO | PERSONA NATURAL |
PERSONA JURÍDICA |
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1 | Registro en línea con aceptación de términos y condiciones. | Sí | Sí |
2 | Cédula de ciudadanía del productor concursante, por ambas caras. En el caso de personas jurídicas, la del representante legal. (Documento en PDF) | Sí | Sí |
3 | Certificado de existencia y representación legal, expedido con fecha no mayor a 30 días al momento del envío del proyecto. La persona jurídica debe estar activa y tener matrícula mercantil renovada. (Documento en PDF) | No | Sí |
4 | Carta de invitación de los organizadores del encuentro donde se especifique: la sección en que participará el proyecto, costos que asume la organización, personas invitadas, lugar y fecha en las que se desarrollará el encuentro. Las cartas en idioma diferente al castellano deberán adjuntar la traducción correspondiente. | Sí | Sí |
5 | Presupuesto detallado de los costos necesarios para la participación del proyecto en el encuentro, que incluya los recursos solicitados al FDC de acuerdo a los costos elegibles. (Documento en PDF) | Sí | Sí |
6 | Ficha técnica que incluya obligatoriamente los nombres y nacionalidades de: productor, coproductor (es) director (es) y guionista (s). | Sí | Sí |
Una vez recibido el proyecto a través de la plataforma en línea, Proimágenes Colombia revisará los documentos enviados para verificar que cumplan con todos los requisitos exigidos así como la veracidad de los documentos que considere pertinentes. Igualmente constatará que la fecha de postulación se encuentre dentro de los plazos determinados.
Proimágenes Colombia se tomará cinco (5) días contados a partir del día en que se haga la postulación del proyecto en la plataforma en línea. Proimágenes Colombia podrá solicitar aclaraciones.
Los concursantes que no presenten uno o varios de los requisitos, serán informados al correo electrónico reportado en el registro en línea y podrán enviar los documentos faltantes únicamente a través de la plataforma en línea durante un plazo de cinco (5) días calendario después del recibo de la comunicación de Proimágenes Colombia. No se aceptarán proyectos ni documentos enviados con posterioridad a los plazos estipulados, ni por vías diferentes a la plataforma en línea.
Para conocer las reglas de la Convocatoria, por favor revise el enlace Reglas de la Convocatoria.
Se recomienda adelantar la presentación de proyectos con suficiente antelación, pues la plataforma es el único medio de postulación y no se suspenderán términos ni se ampliarán plazos por eventuales fallas o inconvenientes técnicos en la misma.
Fecha de apertura | Fecha de cierre |
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Lunes 2 de enero de 2017 | Viernes 15 de diciembre de 2017 |
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