Dirigida a proyectos para la realización de programas de formación para el sector cinematográfico, que se desarrollen de forma virtual y/o presencial, presentados por personas jurídicas legalmente constituidas como entidades sin ánimo de lucro.
El objeto de las personas jurídicas concursantes debe ser el de asociar, agrupar, agremiar o sindicalizar a trabajadores de la industria cinematográfica y audiovisual. Deben estar constituidas antes de la apertura de esta modalidad y deben estar registradas en el SIREC.
Los programas de formación deben estar dirigidos a trabajadores del sector cinematográfico y audiovisual. Los proyectos que se presenten, deberán corresponder al saber de cada persona jurídica concursante y deben ser afines al quehacer cinematográfico.
Para el caso específico de esta modalidad, un mismo concursante podrá presentar más de un (1) proyecto.
El programa propuesto debe terminarse máximo en seis (6) meses después de la firma del contrato que legaliza el estímulo. El proyecto debe incluir la participación de al menos tres (3) talleristas de los cuales uno (1) debe ser extranjero no residente en Colombia, con experiencia probada en el oficio.
Apertura | Cierre | Publicación aceptados | Resultados |
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17/04/2020 | 26/05/2020 | 15/06/2020 | 22/07/2020 |
La plataforma en línea para la postulación de proyectos, quedará deshabilitada el día del cierre a las 6:00 p.m., hora legal de la República de Colombia (UTC/GMT-5). Se recomienda realizar la postulación de proyectos con suficiente antelación, pues la plataforma es el único medio de postulación y no se suspenderán términos ni se ampliarán plazos por eventuales fallas o inconvenientes técnicos en la misma.
El monto total destinado es de doscientos millones de pesos ($200.000.000), otorgando estímulos de veinticinco millones de pesos ($25.000.000) por proyecto.
Máximo el 30% del estímulo deberá ser invertido en gastos administrativos: honorarios del equipo organizador, gastos de oficina, papelería, servicios, plataforma en línea, entre otros.
Quiénes pueden concursarPersonas jurídicas legalmente constituidas como entidades sin ánimo de lucro. El objeto de las personas jurídicas concursantes debe ser el de asociar, agrupar, agremiar o sindicalizar a trabajadores y profesionales de la industria cinematográfica y audiovisual. Deben estar constituidas antes de la apertura de esta modalidad y deben estar registradas en el SIREC. Los proyectos que tengan participación académica algún miembro del CNACC pueden concursar, pero dicho miembro deberá declararse impedido para considerar ese proyecto.
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No pueden concursarQuiénes estén incursos en alguna de las restricciones generales establecidas en esta convocatoria y quienes no cumplan con las exigencias específicas para concursar. Las personas naturales. Para conocer las reglas de la Convocatoria, por favor revise el enlace Reglas de la Convocatoria. |
1 |
INFORMACIÓN DEL PROYECTO (FORMULARIO DILIGENCIABLE EN LÍNEA). |
2 | CÉDULA DE CIUDADANÍA O DE EXTRANJERÍA DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA JURÍDICA POR AMBAS CARAS (DOCUMENTO EN PDF) |
3 |
CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL, EXPEDIDO CON FECHA NO MAYOR A 30 DÍAS AL MOMENTO DEL ENVÍO DEL PROYECTO. (DOCUMENTO EN PDF) |
4 |
PERFIL DE LA PERSONA JURÍDICA CONCURSANTE. (ESPACIO DILIGENCIABLE EN LA PLATAFORMA EN LÍNEA. MÁXIMO 2000 CARACTERES). |
5 |
ANEXO 11. PROPUESTA DE FORMACIÓN (DOCUMENTO EN PDF). DESCARGUE AQUÍ EL FORMATO ADJUNTO, Y DILIGENCIE SIN MODIFICAR EL FORMATO |
6 |
PRESUPUESTO DETALLADO DEL PROYECTO. |
7 |
CARTAS DE ACEPTACIÓN DE PARTICIPACIÓN FIRMADAS POR TODOS LOS TALLERISTAS REPORTADOS EN LA PROPUESTA. |
Contenido y estructura de la propuesta académica.
Trayectoria del concursante.
Talleristas nacionales incluidos en el proyecto.
Tallerista extranjero incluido en el proyecto.
Presupuesto del proyecto.
Coherencia entre el cronograma y presupuesto y, viabilidad de ejecución en el tiempo requerido por esta convocatoria.
Además de los compromisos mínimos establecidos en esta convocatoria, con su participación el beneficiario de estímulos en esta modalidad se obliga a cumplir con los siguientes:
Suscribir un contrato con Proimágenes Colombia. El contrato regulador del estímulo y sus anexos establecerán plazos y parámetros de desembolsos y acreditaciones.
Llevar a cabo el proyecto en la forma propuesta y acorde con los diversos componentes académicos, teóricos, prácticos, creativos, de contenido, artísticos, técnicos y económicos del proyecto al que le fue otorgado dicho estímulo.
Presentar un informe final que describa los resultados obtenidos en el proceso de formación, indicadores de evaluación planteados en el proyecto e informe de acreditación de gastos.
El beneficiario deberá entregar a Proimágenes Colombia un ejemplar de todo el material promocional del proyecto de formación.