Dirigida a la participación de películas colombianas de corto y largometraje, seleccionadas en los festivales elegidos por el CNACC para el año 2019 y producidas durante los años 2016, 2017, 2018 y 2019. Esta información se verificará con la fecha de emisión de la resolución de reconocimiento de producto nacional de la película.
Para conocer la lista de festivales aprobados para este año, por favor revise el enlace Lista de eventos de participación internacional.
Para acceder a este estímulo el productor concursante deberá:
Los plazos mencionados no son prorrogables y en caso de no cumplirlos se pierde el estímulo.
Apertura | Cierre |
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Miércoles 2 de enero de 2019 | Viernes 13 de diciembre de 2019 |
El monto máximo a otorgar es de quince millones de pesos ($15.000.000) por proyecto, de acuerdo a la ubicación geográfica del festival, así:
Para festivales en:
Aquellas películas seleccionadas en los festivales de Cannes, Berlín, Toronto, San Sebastián, IDFA, Annecy y Sundance tendrán hasta catorce millones de pesos ($14.000.000) adicionales para invertir exclusivamente en promoción en los dailys publicados en estos festivales por revistas especializadas.
Cada película podrá obtener, en toda su vida, máximo seis (6) estímulos: tres (3) para festivales fuera de Colombia y tres (3) para festivales en Colombia.
El estímulo se otorgará mediante el reembolso del 100% del valor de las facturas presentadas de los costos elegibles que se enuncian a continuación y que deben estar incluidos específicamente en el presupuesto:
Para conocer cómo se realiza la acreditación de gastos por favor revise el enlace Instructivo de acreditación de gastos.
Quiénes pueden participarProductores cinematográficos colombianos: Personas naturales o personas jurídicas que sean empresas cinematográficas colombianas, de conformidad con la definición establecida en la presente convocatoria (revisar Glosario de términos). En caso de coproducciones nacionales, quien participa es el productor colombiano que tenga el mayor porcentaje de la película. Esta convocatoria entiende como Productor la persona natural o jurídica que tiene la iniciativa, la coordinación y la responsabilidad de la producción de la obra cinematográfica. Es el responsable de los contratos con todas las personas y entidades que intervienen en la realización de la obra (Ley 23 de 1982) y es quien detenta los derechos patrimoniales de la obra. |
No pueden participarSin perjuicio de otras restricciones generales establecidas en esta convocatoria, no pueden participar en esta categoría:
Para conocer las reglas de la Convocatoria, por favor revise el enlace Reglas de la Convocatoria. |
REQUISITO | PERSONA NATURAL |
PERSONA JURÍDICA |
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1 | INFORMACIÓN DEL PROYECTO. (FORMULARIO DILIGENCIABLE EN LÍNEA) | SÍ | SÍ |
2 | CÉDULA DE CIUDADANÍA DEL PRODUCTOR CONCURSANTE, POR AMBAS CARAS. EN EL CASO DE PERSONAS JURÍDICAS, LA DEL REPRESENTANTE LEGAL. (DOCUMENTO EN PDF) | SÍ | SÍ |
3 | CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL, EXPEDIDO CON FECHA NO MAYOR A 30 DÍAS AL MOMENTO DEL ENVÍO DEL PROYECTO. LA PERSONA JURÍDICA DEBE ESTAR ACTIVA Y TENER MATRÍCULA MERCANTIL RENOVADA. (DOCUMENTO EN PDF) | NO | SÍ |
4 | CARTA DE INVITACIÓN Y/O COMUNICACIÓN EMITIDA POR EL FESTIVAL DONDE SE ESPECIFIQUE: SECCIÓN EN LA QUE ESTÁ INVITADA LA PELÍCULA, COSTOS QUE ASUME LA ORGANIZACIÓN, LUGAR Y FECHA DEL EVENTO. LAS CARTAS EN IDIOMA DIFERENTE AL CASTELLANO DEBERÁN ADJUNTAR LA TRADUCCIÓN CORRESPONDIENTE. (DOCUMENTO EN PDF) | SÍ | SÍ |
5 | RESOLUCIÓN DE RECONOCIMIENTO DE CARÁCTER DE PRODUCTO NACIONAL DE LA OBRA CINEMATOGRÁFICA. ESTE DOCUMENTO LO EMITE LA DIRECCIÓN DE CINEMATOGRAFÍA DEL MINISTERIO DE CULTURA Y LA EXPEDICIÓN DEL MISMO PUEDE TOMAR MÁS DE 15 DÍAS HÁBILES (INFORMACIÓN Y REQUISITOS EN WWW.MINCULTURA.GOV.CO). NO SE ACEPTARÁN CERTIFICACIONES DE DOCUMENTO EN TRÁMITE. (DOCUMENTO EN PDF) | SÍ | SÍ |
6 | PRESUPUESTO DETALLADO DE LOS COSTOS NECESARIOS PARA LA PARTICIPACIÓN DE LA PELÍCULA EN EL FESTIVAL. DEBE INCLUIR LOS COSTOS ELEGIBLES. REVISE MODELO DE PRESUPUESTO. (DOCUMENTO EN PDF) | SÍ | SÍ |
7 | CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES QUE INCLUYA LAS FECHAS DE PROYECCIÓN DE LA PELÍCULA. (DOCUMENTO EN PDF) | SÍ | SÍ |
No se requiere celebración de contrato regulador de estímulos. Sin embargo y, sin perjuicio de todos los controles pertinentes, la participación del proyecto en la convocatoria se entiende como una aceptación expresa de sus términos y condiciones, vinculantes para todos los efectos legales.
Reembolso significa que las facturas y/o cuentas de cobro, ya han sido pagadas. Por lo tanto Proimágenes Colombia solicitará los soportes de los costos elegibles pagados previamente por los beneficiarios. Para conocer cómo se realiza la acreditación de gastos consulte el Instructivo de acreditación de gastos.
Una vez recibido el proyecto a través de la plataforma en línea, Proimágenes revisará los documentos enviados para verificar que cumplan con todos los requisitos y condiciones exigidas así como la veracidad de los documentos que considere pertinentes. Proimágenes Colombia podrá solicitar aclaraciones.
Proimágenes Colombia se tomará cinco (5) días contados a partir del día en que se haga la postulación del proyecto para hacer esta revisión.
Los concursantes que no presenten uno o varios de los requisitos, serán informados al correo electrónico reportado en el registro en línea y podrán enviar los documentos faltantes a través de la plataforma durante un plazo de cinco (5) días después del recibo de la comunicación de Proimágenes Colombia. No se aceptarán proyectos ni documentos enviados con posterioridad a los plazos estipulados, ni por vías diferentes a la plataforma en línea.
Para conocer las reglas de la Convocatoria, por favor revise el enlace Reglas de la Convocatoria.
Se recomienda adelantar la presentación de proyectos con suficiente antelación, pues la plataforma es el único medio de postulación y no se suspenderán términos ni se ampliarán plazos por eventuales fallas o inconvenientes técnicos en la misma.
Una vez recibida la acreditación de gastos en las oficinas de Proimágenes Colombia, Proimágenes revisará la documentación de acuerdo a lo indicado en el Instructivo de acreditación de gastos, al presupuesto presentado en el proyecto y a los términos de la convocatoria. Proimágenes Colombia podrá solicitar aclaraciones sobre los documentos presentados.
Proimágenes Colombia se tomará ocho (8) días contados a partir del día en que se radique la acreditación de gastos para hacer esta revisión.
Recuerde que debe presentar un único informe con la acreditación de gastos.