Circulación a través de festivales de cine

Dirigida a proyectos de exhibición de obras cinematográficas colombianas en festivales de cine en el territorio nacional a realizarse en el 2019. Deben contemplar al menos una sección de exhibición de obras cinematográficas colombianas, sin importar su formato, duración y/o temática, y realizar actividades de formación.

El proceso de inscripción para concursar debe hacerse únicamente a través del aplicativo en línea y dentro de las fechas estipuladas en el cronograma.

Cronograma

Apertura Cierre Resultados
Enero 2 de 2019 Febrero 4 de 2019 Marzo 8 de 2019

La plataforma en línea para la postulación de proyectos, quedará deshabilitada a las 6:00 p.m., hora legal de la República de Colombia (UTC/GMT-5), del día de cierre. Se recomienda realizar la postulación de proyectos con suficiente antelación, pues la plataforma es el único medio de postulación y no se suspenderán términos ni se ampliarán plazos por eventuales fallas o inconvenientes técnicos en la misma.

La postulación de proyectos debe hacerse únicamente a través del aplicativo en línea y dentro de la fecha y hora estipuladas.

Estímulos

El monto total destinado para esta modalidad es de cuatrocientos millones de pesos ($400.000.000), con estímulos de hasta veinticinco millones de pesos ($25.000.000) por proyecto.

El estímulo se otorgará mediante el desembolso del 100% del valor de las facturas y/o cuentas de cobro de los costos para la realización del proyecto, consignados en el presupuesto presentado.

El desembolso se hará de acuerdo a los siguientes porcentajes:

  1. 50% para las actividades directamente relacionadas con la exhibición de películas colombianas (honorarios curadores, derechos de exhibición, logística, gastos de transporte, alquileres, entre otros).

  2. 40% para las actividades directamente relacionadas con formación (honorarios, logística, entre otros).

  3. 10% para las actividades de promoción del festival (diseño, impresión, distribución  de piezas promocionales, entre otros).

En caso de resultar beneficiario usted deberá suscribir un contrato con Proimágenes Colombia, por favor revise el enlace Compromisos mínimos de los beneficiarios.

Proimágenes Colombia solicitará informes de acreditación de gastos, para conocer más al respecto por favor revise el Instructivo de acreditación de gastos.

De igual manera, aplicarán las siguientes reglas en relación con eventuales cambios sobre el proyecto:

  • No se aceptarán cambios sobre el proyecto presentado; esto es, sobre las características generales planteadas y evaluadas por el respectivo comité.
  • Una vez el beneficiario haya suscrito el contrato regulador del estímulo, no podrá modificar los perfiles, listados y, en general, la información específica del proyecto que haya sido aportada por él como parte de los entregables pactados.
  • En caso de que sucedan cambios según lo planteado en los dos puntos anteriores, los gastos correspondientes a éstos no serán tenidos en cuenta como parte del estímulo. Adicionalmente, si se encuentra que tales cambios alteran sustancialmente el proyecto ganador, el beneficiario podrá perder el estímulo.

Quiénes pueden concursar

Personas jurídicas organizadoras de festivales de cine que:

 

  1. se encuentren registradas en el SIREC,
  2. que hayan realizado al menos dos ediciones consecutivas del festival con periodicidad anual o bienal y
  3. que su duración mínima de cuatro (4) días consecutivos.

Las personas jurídicas concursantes pueden participar con un solo proyecto de festival.

Cuando la persona jurídica presente más de un proyecto ninguno será aceptado.

 

No pueden concursar

Sin perjuicio de otras restricciones generales establecidas en esta convocatoria, no pueden concursar en esta modalidad:

 

  1. Quienes estén incursos en alguna de las restricciones generales establecidas en esta convocatoria.  
  2. Quienes no cumplan con las exigencias específicas para concursar.

  3. Las personas naturales.

  4. Las personas jurídicas que presenten más de un proyecto en esta modalidad.

Por favor consulte las Reglas de la convocatoria.

 

Requisitos para concursar

1 INFORMACIÓN DEL PROYECTO (FORMULARIO DILIGENCIABLE EN LÍNEA).
2 CÉDULA DE CIUDADANÍA DEL REPRESENTANTE LEGAL,  POR AMBAS CARAS. (DOCUMENTO EN PDF)
3 CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL, EXPEDIDO CON FECHA NO MAYOR A 30 DÍAS AL MOMENTO DEL ENVÍO DEL PROYECTO. LA PERSONA JURÍDICA DEBE ESTAR ACTIVA Y TENER MATRÍCULA MERCANTIL RENOVADA. (DOCUMENTO EN PDF)
4

CERTIFICACIÓN DEL REGISTRO DEL FESTIVAL ANTE EL SIREC. ATENCIÓN: EL NOMBRE DEL FESTIVAL Y EL NOMBRE DE LA PERSONA JURÍDICA CONCURSANTE EN LA CONVOCATORIA DEBEN COINCIDIR CON LA INFORMACIÓN CONSIGNADA EN LA CERTIFICACIÓN. ESTE DOCUMENTO LO EMITE LA DIRECCIÓN DE CINEMATOGRAFÍA DEL MINISTERIO DE CULTURA (INFORMACIÓN Y REQUISITOS EN WWW.MINCULTURA.GOV.CO). NO SE ACEPTARÁN CERTIFICACIONES DE DOCUMENTO EN TRÁMITE. (DOCUMENTO EN PDF)

5 HOJA DE VIDA DE LA PERSONA JURÍDICA CONCURSANTE.
6 ANEXO 2. PROPUESTA DE LA EDICIÓN 2019 DEL FESTIVAL. (DOCUMENTO EN PDF) 
7 PRESUPUESTO GENERAL DEL FESTIVAL 2019. ESTE DEBE INCLUIR LOS COSTOS ELEGIBLES. FORMATO EN EXCEL.

Criterios de evaluación

  1. Calidad y solidez de la propuesta.
  2. Trayectoria del concursante
  3. Programacion de cine colombiano
  4. Impacto de la actividad de formación.
  5. Presupuesto y gestion 
Esta modalidad no tendrá encuentro presencial con el comité evaluador.

Compromisos específicos

Además de los compromisos mínimos establecidos en esta convocatoria, con su participación el beneficiario de estímulos en esta modalidad se obliga a cumplir con lossiguiente:

  1. Suscribir un contrato con Proimágenes Colombia.
  2. Suscribir el contrato regulador del estímulo, en un plazo de 20 días hábiles a partir de la fecha de la comunicación que en tal sentido le envíe Proimágenes Colombia. El concursante perderá el estímulo en caso de no celebrar el contrato en el plazo señalado, por causas atribuibles a él. Para mayor información consulte el enlace Reglas de la convocatoria.
  3. El representante legal de las personas jurídicas beneficiarias se obligará solidariamente con el beneficiario, por las obligaciones que se deriven de la presente convocatoria y del contrato respectivo, sin perjuicio de demostrar que cuentan con todas las autorizaciones legales y estatutarias respectivas para suscribir el contrato.
  4. Entregar a Proimágenes Colombia un ejemplar de todo el material promocional.
  5. Entregar copia del certificado del registro de la programación del festival ante la Dirección de Cinematografía a través del SIREC.
  6. Presentar un informe financiero de acuerdo al Instructivo de acreditación de gastos.
  7. Presentar las autorizaciones de derechos de autor para la exhibición de las películas colombianas incluidas en el proyecto.
  8. Realizar la acreditación de gastos y cumplir con todas las obligaciones contractuales en un plazo máximo de 4 meses contados a partir del día en que termine el festival. En caso contrario, el beneficiario perderá el estímulo.
  9. Aceptar y acoger las disposiciones de la convocatoria en relación con cambios sobre el proyecto.